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El Concepto de Empresas Ordenanza de 1984 no aparece estar en contra de los preceptos del Islam, Parte 2

El concepto de Empresas Ordenanza de 1984 no parece estar en contra de las normas del islam, Parte 2

( ii) La Sección 14 es la sección de regulación que hace que sea titular que se formaron ninguna asociación, sociedad o empresa que consta de más de 20 personas con el propósito de llevar a cabo cualquier negocio que tiene para sus objetos de la adquisición de la ganancia por la asociación, la asociación y empresa o por los miembros individuales pueden funcionar sólo después de la inscripción de la empresa en virtud de la Ordenanza de 1984.


(iii) El artículo 15 establece un procedimiento y el modo de formar una empresa. De acuerdo con esta sección, siete o más personas pueden formar una empresa pública y dos o más personas así asociados pueden formar una empresa privada. La formación de la empresa no está en contra de cualquier medida cautelar del Islam. En este apartado se establece que la responsabilidad de los socios es limitada.

Se afirma que si la formación de una sociedad de capital de garantía es una práctica no se opone a las acciones de cesación del Islam, a continuación, la sección 16 (iv) tampoco se opone a los preceptos islámicos. Sección 18 de las Empresas Ordenanza 1984, relativa a memorando de sociedad de responsabilidad limitada es una sección de procedimiento y que establece que el memorando, en el caso de la sociedad de responsabilidad ilimitada, deberá indicar los datos mencionados en la sección para dar una mayor claridad y transparencia a cada elemento.

La formación de una empresa en virtud del artículo 18 de la Ordenanza sobre las empresas de 1984, no se opone a cualquier disposición del Islam. Sección 20 de la Ordenanza sobre las empresas de 1984, relativo a la restricción en la alteración del memorando se ha diseñado para proteger y salvaguardar los intereses de los accionistas y su inversión. Por lo tanto, no se opone a las acciones de cesación del Islam

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(iv) La sección 21 de la Ordenanza sobre las empresas, de 1984, relativa a la alteración del memorando proporciona un mecanismo para alterar el memorando si, en cualquier momento, surge la necesidad de hacerlo. El interés de todos los accionistas y cada acreedor ha sido salvaguardada plenamente. Por lo tanto, no se opone a las acciones de cesación del Islam.

Sección 37 de la Ordenanza sobre las empresas de 1984 protege los derechos de los accionistas. En esta sección se guarda los accionistas de fraude y lesiones.

Esta sección también no es

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