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¿Quién es el "jefe de familia"?

cuestión debe tener la dirección principal del contribuyente para la mayor parte del año.

  • El contribuyente tiene que proveer más de la mitad de la manutención del niño.

    Para calificar como miembro de la familia, la persona tiene que vivir en la casa de los contribuyentes para el año completo o tiene que estar relacionado con el contribuyente en alguna de las siguientes manera - hijo, nieto, bisnieto, hijo de crianza, hijastro, hermano, medio hermano, hermano del paso, hermana, media hermana, paso hermana, padre, padrastro, madre, madrastra, sobrino, sobrina, tío, tía, suegro, suegra, cuñada, cuñado, nuera, yerno.

    . Estas personas deben tener un ingreso bruto total por debajo de $ 3,300 y el contribuyente tiene que proporcionar mayoría (más del 50%) del soporte para el año

    A continuación, hay un detalle técnico más - Si la dependencia del niño es alterna entre los pagos todos los años, el padre con quien el niño vive será capaz de utilizar el estado de 'cabeza de familia', siempre que se cumplan las demás condiciones. Así que en 2008, el padre de un niño podría haber presentado como 'cabeza de familia', mientras que en 2009 la madre puede presentar bajo este estatus.


    A los efectos de calcular el coste de mantenimiento de su hogar, usted necesita añadir todos los gastos como alimentos, alquiler, pagos de hipoteca, impuestos sobre la propiedad, seguros, suministros, servicios públicos, etc. Sobre la base podrás distinguir si cumple con los criterios de más del 50 por ciento de los gastos del hogar . Usted no debe incluir los costos como la ropa, las vacaciones, la educación, los tratamientos médicos, transporte o seguro de vida.

    Además, no debería incluir cualquier tipo de asistencia que recibe debido a la reubicación temporal, como tormentas, tornados o inundaciones.

    Se le considera soltero para determinar 'cabeza de familia' el estado si su esposo era un extranjero no residente en cualquier momento el año. En este caso, su cónyuge no estará capacitado para reclamar este estatus.

    Usted es elegible para presentar como "jefe de familia" si la persona que le está calificando para este estado civil nace o murió durante el año.

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