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Política Exterior En El 1987 filipino Constitution

ULO VI Sección 23

"El Congreso, con el voto de 2/3 de ambas Cámaras en sesión reunidos, votando por separado, tendrá competencia exclusiva para declarar la existencia de la guerra.

La Constitución otorga al Congreso la facultad exclusiva de declarar la existencia de un estado de guerra. Se requiere la concurrencia de las dos terceras partes de ambas Cámaras en sesión conjunta montado, votando por separado para el ejercicio de esta facultad.

Debido a la guerra afecta directa y vitalmente todos los componentes de la nación entera, se considera esencial que la responsabilidad de hacer dicha declaración debe recaer en los representantes directos del pueblo en el Congreso.

Si bien la responsabilidad de hacer la declaración descansa en el Congreso, el Presidente, sin embargo, a través de sus relaciones con un país extranjero, puede provocar un estado de cosas que el Congreso puede dejar sin otra alternativa que reconocer y la declare la existencia de un estado de guerra.

El Presidente podrá verse en la necesidad de participar en la guerra sin esperar a que el Congreso para hacer una declaración de guerra.

ARTÍCULO VII Sección 16

"El Presidente nombrará y, con el consentimiento de la Comisión de Nombramientos, nombrar a ... embajadores, otros ministros públicos y cónsules.

El poder de nombramiento es intrínsecamente una prerrogativa ejecutiva. El cuerpo legislativo crea la oficina, define sus atribuciones, limita su duración, y proporciona la compensación. Hecho esto, su poder legislativo cesa.

No tiene nada que ver con la designación del hombre para ocupar el cargo.

La naturaleza ejecutiva del poder de nombramiento no implica que no se cita por el Congreso y los tribunales se puede hacer. También pueden nombrar a los funcionarios que sean necesarios para el ejercicio de sus propias funciones.

ARTÍCULO VII Sección 20

"El Presidente podrá contratar o garantizar préstamos extranjeros en nombre de la República de Filipinas con el acuerdo de la Junta Monetaria.

"

El Presidente podrá contratar empréstitos extranjeros en nombre de la República de Filipinas, sin necesidad de la aprobación del Congreso antes. Cuando obtenido por personas privadas, físicas o jurídicas, que puede garantizar dichos préstamos. Es posible que exista ningún funcionario mejor calificado para entrar en dicha negociación de la Mesa. Él es el funcionario mejor alimentado con información, así com

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