Si usted es propietario de una casa, entonces usted está calificado para obtener una buena rebaja de impuestos en la venta de su casa. Con las estrategias correctas puede bloquear un beneficio de hasta $ 250,000 ($ 500,000 para contribuyentes casados que presentan una declaración conjunta) libres de impuestos.
¿Y qué pasa si usted no cumple con los dos criterios al año y vende su casa antes de tiempo? ¿Qué sucede si ya ha reclamado en beneficio de exclusión dentro de los últimos dos años en alguna otra casa y ahora vender su vivienda actual? No se preocupe, el IRS tiene un poco de consuelo para usted.
El IRS es bastante generoso en lo que le permite una gran parte de los beneficios de mantener a la venta de su casa.
Si usted es dueño de una propiedad y lo utilizan como su residencia principal durante al menos dos años fuera de cinco años que termina en la fecha de la venta, usted tiene derecho a reclamar la rebaja de impuestos. Sin embargo, hay ciertas concesiones permitidas por IRS, incluso si usted no cumple con estos criterios
.
Así que si usted vende su casa después de 18 meses sin tener que esperar el período obligatorio de dos años, sigue las reglas del IRS hacen que sea fácil para a calificar para las vacaciones de exclusión reducida
La cantidad reducida de exclusión se llegó a haciendo lo siguiente matemáticas -. calcular el número total de días /meses usted era dueño de la casa y se utiliza como residencia principal durante el período de cinco años en la fecha de venta. Se divide por 24 meses y se multiplica por la cantidad de elegibilidad exclusión total de $ 250.000 (o $ 500.
000) y que le dará la cantidad proporcional de exclusión que usted es elegible. Del mismo modo, si usted reclama el beneficio de exclusión dentro de los dos años de vender otra casa y reclamar un beneficio similar, calcular el período comprendido entre la misma fecha y la fecha en que le vendió la casa actual, se multiplica la cantidad de elegibilidad exclusión total y dividirlo a los 24 meses. Usted recibirá la cantidad proporcional de la exclusión es elegible.
Tomemos algunos ejemplos para explicar esto.
Si usted y su esposo era dueño de una casa durante 18 meses y que lo utilizó como su residencia principal durante este período, y luego dividir 18 por 24 y multiplicar por 500.000. Así que usted tiene derecho a un descanso de $ 375.000.
Supongamos que usted es soltero y vendió su casa hace 15 meses y la exclusión reclamad