El principio de previsibilidad razonable en el juego de los daños para la tortura mental, Parte 2
Por
SJ Tubrazy
< p> La prueba de previsibilidad ha de ser juzgado "de la norma de un hombre de prudencia ordinaria quien prever que cualquier acto ilícito, accidente o lesión a una persona o propiedad haría '. haber una causa probable para el choque mental para estos familiares o personas, que estaban muy cerca de la víctima, pero no eran ni presente en el lugar de ocurrencia, ni fueron testigos del incidente.
Otro aspecto a considerar es si un demandante que no ha visto el incidente ni sufrido ninguna lesión física puede presentar recurso de indemnización. Una persona que se pone a "temor razonable de lesión inmediata" árido sufre lesiones físicas debido a los golpes que surge del peligro de impacto físico a pesar de que no se materializó, puede presentar una demanda reclamando daños y perjuicios. Sin embargo, una acción también mentirá para el shock causado por la vista actual o sonido o aprehensión de daño físico inmediato a un pariente cercano o amigo.
La presencia de la demandante en el lugar de ocurrencia ya no es una condición previa para reclamar daños y perjuicios. No es la simple vista causando conmoción que le da derecho a un demandante por daños y perjuicios que dicen, pero si tal choque se ha sufrido por el sonido o el oído del incidente, la reclamación se puede hacer.
No puede haber criterio o definitiva principio para assesging daños en tales casos. Los daños están destinadas a compensar a la parte que sufre un daño.
Puede ser la pérdida de lesiones corporales de la reputación, los negocios y también shock mental y sufrimiento. Hasta el momento de shock nervioso se refiere, depende de las pruebas presentadas para demostrar la naturaleza, el alcance y la magnitud de tal sufrimiento, pero incluso en esa base por lo general se hace difícil evaluar una indemnización justa y si esas circunstancias, es la discreción del juez quien podrá, en los hechos del caso y teniendo en cuenta hasta qué punto la sociedad se considere a ser una suma justa, determina la cantidad que se asignará a una persona que ha sufrido un daño tal.
La conciencia de la Corte se cerciorará de que los daños concedidos serían, si no completamente, de manera satisfactoria indemnizar a la parte perjudicada.