"Como principio general, el desempeño de las condiciones o de las promesas se prescinde cuando es renunciar a la aceptación de prestaciones que difiere de las prestaciones requeridas por el contrato. Esta aceptación puede ser expresa o que pueda inferirse de la conducta.
Si una de las partes se compromete a aceptar lo que se entregarán en un momento o lugar distinto al estipulado, una actuación de esta por la otra parte es equivalente a un rendimiento del compromiso original Impone ninguna nueva obligación o responsabilidad en el promisee;. se limitó acepta como comportamiento por el promitente lo que de otro modo no han sido tan "
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