In el patrón hecho notar anteriormente, debido a la dependiente B no controla Participada C, y porque un dividendo o ciertas otras transacciones involucrando Participada C serán imponibles en los EE.UU. a la Compañía A como ingreso Subparte M, la empresa A no tiene la capacidad de hacer valer la excepción de APB 23 en la porción de las ganancias no remitidas Subsidiario de B que se relacionan con Participada C.
En efecto, la existencia de las disposiciones Subparte F hace de la Compañía A participación indirecta en la entidad participada C (a través de la subsidiaria B) análogo a la empresa A tiene la propiedad directa en Participada C. En consecuencia, la propiedad de Participada C indirectamente a través de la subsidiaria B no cambia la contabilidad, aunque Participada C no tiene una historia de hacer distribuciones. NOTA: El problema que rodea a la capacidad de utilizar la excepción de APB 23 con una CFC no se limita a las inversiones puestas en equivalencia de una CFC.
En la medida en que las actividades que ocurren en el plano CFC o por debajo hará que el reconocimiento de la Subparte F de ingresos por la matriz estadounidense de la CFC, los hechos y las circunstancias subyacentes deben ser examinados para determinar si el registro de los Estados Unidos los impuestos diferidos se puede evitar para el elemento que pueden estar sujetos a impuestos de Estados Unidos. Por ejemplo, una inversión que se contabilice según FAS 115 puede causar la Subparte F de ingresos en los EE.UU. cuando se venden.
En la medida en que una empresa no es capaz de evitar el desencadenamiento de la renta Subparte F en la reversión de la diferencia temporaria asociada a esta inversión, US impuestos diferidos debe proporcionarse con independencia de que una orden de búsqueda 23 afirmación (que los fondos no serán remitidos desde la CFC a la matriz estado