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Definición e históricos Antecedentes de Daños Parte 2

Definición y antecedentes históricos de Daños Parte 2

Por

SJ Tubrazy

Cada violación o vulneración de un derecho confiere un derecho en la parte lesionada para recuperar la compensación. Este derecho es llamado por el jurista Salmond como derecho sancionador, que es de dos tipos, a saber: -

(i) El derecho a recibir sanción pecuniaria;

(ii) El derecho a la exacta y recibir la indemnización u otra compensación pecuniaria

.

Las leyes británicas e indias no están familiarizados con la primera clase.

La última forma de derecho es más importante y el alivio con esta forma de derecho es correctivas en su naturaleza. Concesión de una indemnización a la parte lesionada contra malhechor es castigado por dar reparación penal para la compensación de heridos o simplemente se da. En cualquier caso, la ley premios compensación simplemente a la víctima. Esta compensación 'se otorga en forma de daños y perjuicios que se conceden de acuerdo con ciertas reglas que se conocen como , medidas de daños y perjuicios.


Los daños se definen como indemnización pecuniaria recuperable por el proceso de la ley por una persona que ha sufrido una lesión por el determinado acto u omisión de otro. Lexstone en su comentario define daños como "especias de decir, los bienes adquiridos y perdió por demanda y juicio en la ley". La parte perjudicada tiene, sin duda, un derecho vaga e indeterminada para algunos daños. Los daños también pueden ser definidos como desventaja sufrida por una persona como resultado de la acción u omisión de otra.

El objeto básico de los daños es compensar al demandante por la pérdida sufrida por él. Su objetivo principal es compensar al demandante, a pesar de la pérdida que ha sufrido hasta ahora de nuevo como el dinero puede hacerlo

Es de notar que, si bien teniendo en cuenta el tema de los daños y perjuicios, se plantean dos preguntas para la determinación.

: -

(i) La cuestión de la responsabilidad, es decir si los daños se deben en absoluto, o en otras palabras, si la persona contra la que se haya presentado la queja es responsable o no de los daños;

( ii) La cuestión de quantum de los daños;

El objeto básico de los daños es compensar al demandante por todas las pérdidas sufridas debido a la culpa de la otra parte. Hay dos tipos de daños: -.


(1) General y

(2) Especial


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