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Los jefes reaccionan ante los trabajadores y amp; # 039; Anti-Social Networking

En algunos casos, las discusiones en línea de los trabajadores podrían incluso crear problemas legales de sus empleadores. Las empresas que cotizan en bolsa, por ejemplo, están obligados a seguir las normas estrictas al soltar la información que pueda afectar materialmente el precio de sus acciones. Un puesto indiscreta en la página de Facebook de un empleado podría poner una empresa en el lado equivocado de las leyes de valores al permitir que un grupo selecto de personas - amigos de ese empleado de Facebook -.

El acceso a cierta información para que esté disponible a otros inversores

Los empleadores tienen el derecho y la responsabilidad de controlar el flujo de información al público. Dado que los empleados no tienen necesidad de comunicarse con nadie más que compañeros de trabajo a los fines de la organización, las comunicaciones en línea que van más allá de ese grupo no debe ser protegida.

Curiosamente, en sus decisiones hasta el momento, la NLRB ha centrado más en el contenido de los comentarios en línea que a la audiencia.

En el caso de Wal-Mart, por ejemplo, la NLRB basa su argumento en la afirmación de que el empleado no había estado buscando "para iniciar o inducir a los compañeros de trabajo para participar en la acción de grupo", sino que tenía la intención de "expresar solamente su frustración con respecto a su disputa individual con el Subgerente ". En un foro público, sin embargo, incluso los intentos de participar en la acción de grupo podría ser innecesariamente perjudiciales para los empleadores. Los comentarios del empleado de Wal-Mart eran visibles sólo para sus amigos de Facebook.

Pero mientras que muchos de esos amigos eran los compañeros de trabajo, otros no, colocando la discusión de lleno en la zona fronteriza de nueva creación entre lo público y lo privado.

La corriente NLRB no nos ha dado mucha razón para esperar racional o even- aplicación imparcial de la ley laboral. Pero teniendo en cuenta el volumen de casos relacionados con los medios sociales, tengo algo de esperanza de que, al menos, formular algunas pautas de sentido común sobre este tema, aunque sólo sea para salvarse dolores de cabeza.

Dichas normas deben distinguir entre las comunicaciones que están bien orientadas a compañeros de trabajo y los que no lo son, y también a los que se refieren a cuestiones de trabajo sin que ninguna de divulgación de datos confidenciales o virar hacia sesgo procesable, la calumnia, la difamación o menosprecio.

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