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Funcionarios de ASF están sometidos a la Ley del Ejército de Pakistán. 1952

Mesa del ASF están sujetos a la Ley del Ejército de Pakistán. 1952

Por

SJ Tubrazy

"7-A. Los oficiales y miembros estén sujetos a la Ley del Ejército de Pakistán. 1952 .--

(1) Todo funcionario y miembro de la Fuerza tendrá, a menos que ya es tan sujetos, sujetos a la Ley del Ejército de Pakistán, 1952 (XXXIX de 1952), de aquí en adelante en este capítulo se hace referencia como la Ley.


(2) El Comandante de la Fuerza deberá , con respecto a todos los funcionarios y miembros de la Fuerza, todas las facultades conferidas por o bajo la Ley de un funcionario facultado para convocar a un Consejo de Guerra Generales

.

(3) Sujeto a la subsección

(2), la Gobierno Federal podrá, por general o pedido especial, de particular a qué autoridad alguna competencia, facultades o deberes relacionados con el funcionamiento de las disposiciones de la Ley se ejercerá o lleva a cabo en el respeto de la Fuerza.

7-B . Consecuencia de la pena de prisión .

-- Un oficial o miembro de la Fuerza que está condenado a prisión por un término que no es menor de noventa días se considerará que han sido despedidos de la Fuerza.

7- DO. Suspensión .-- Todo funcionario tendrá competencia para suspender en la forma prescrita un miembro de la Fuerza de trabajo debajo de él por cualquier mala conducta, negligencia o negligencia en el desempeño de sus funciones.

7-D. Lugar de reclusión .-- Si un miembro de la Fuerza condenados bajo la Ley de prisión por un .

term más corto de noventa días también se despidió del servicio, será encarcelado en la prisión más cercana oa cualquier otra prisión como el Gobierno Federal podrá, por orden general o especial, directo; pero si no es así que desestimó que puede limitarse 'en un guardia de cuarto o cualquier otro lugar que el Comandante de la Fuerza considere adecuado.

7-E. La captura de los desertores .--

(1) Siempre que cualquier .

person sujetos a los desiertos de la Ley, el Responsable Principal de Seguridad debe dar información por escrito de la deserción a tales autoridades civiles como en su opinión pueda ser capaz de pagar la asistencia hacia la captura del desertor y dichas autoridades deberán tomar acto seguido los pasos para la aprehensión de dicho desertor de la misma manera como si "fuera una persona por cuya aprehensión una orden había sido emitida por un magistrado, y entregarán el desertor, al detenido, a la custodia de la Fuerza

.

(2) Cualquier oficial de

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