3d 1188) se considera una compensación monetaria para incluir "los gastos médicos, pérdida de ingresos, el costo de entierro, propiedad inutilizable, los costos de reparación o reemplazo, costos de cuidado en el hogar, la pérdida de trabajo actual, así como opporunities de negocio y empleo ". Daños no económicos son las pérdidas que no sean de carácter financiero que pueden incluir, pero no se limitan a dolor, el sufrimiento, la incomodidad, angustia mental, daño emocional, humillación, daño a la reputación y pérdida de consorcio, la sociedad o el compañerismo.
(Sección del Código Civil de California 1431.2) Proposición 51, conocida como la Ley de Responsabilidad Feria de 1986, promulgada esta ley. Esta regla es complicado, pero tenga en cuenta este ejemplo: Un conductor se detiene en una carretera recta plana interrumpir el flujo de tráfico; una violación del Código de Vehículos. El conductor del exceso de velocidad detrás de él se desvía a través de la doble línea amarilla para evitarlo, golpeando su cabeza en el vehículo en el carril contrario.
El conductor que se detuvo en el camino se encontró que 70% de la culpa, mientras que el 30% de la culpa se atribuye al conductor que se desvió. El dolor y el sufrimiento, los daños no económicos, el total de $ 200.000, mientras que los daños especiales, como gastos médicos y de pago perdido, están decididos a ser de $ 100.000. Es triste decirlo, el conductor más responsable del accidente reclamó sin seguro o activos. La parte culpable, que tiene seguro, pagará $ 160,000.00 (daños económicos y el 30% de los daños generales), debido a la responsabilidad solidaria por los daños especiales.
Si no existía responsabilidad solidaria por los daños, el perjudicado sólo sería capaz de recuperar alrededor del 30% de los $ 300,000 en daños totales, o alrededor de $ 90.000. La ley fue aprobada para proteger a las personas de los medios de pago de todos los da