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Definición legal de difamatorio Statement

definición legal de declaración difamatoria

Por

S j Tubrazy

La esencia de una declaración difamatoria es su tendencia a dañar la reputación de otra la persona. No existe una definición completa o exhaustiva de lo que constituye una declaración difamatoria, ya que la palabra "difamatoria" en ninguna parte se define con precisión.

En términos generales una declaración es difamatoria de la persona de quien se publica si tiende a bajarlo en la estimación de los miembros de pensamiento recto de la sociedad en general o si se lo expone al odio público, desprecio o ridículo o si le hace ser rechazado o evitarse.

La reputación de una persona no se limita a su carácter general y permanente, pero se extiende a su negocio de comercio o profesión, y las palabras serán difamatorios si imputan falta de cualificación, conocimientos, habilidades, capacidad, juicio o la eficiencia en la conducción de su oficio, negocio o actividad profesional

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La prueba de lo que es difamatorio. Para decidir si una declaración es difamatoria, la Corte primero debe considerar lo que significa las palabras que transmitir al hombre ordinario

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Después de haber determinado el significado, la prueba es si, dadas las circunstancias en que se publicaron las palabras , un hombre razonable a quien fue hecha la publicación sería probable que entenderlo en un sentido difamatorio.

Palabras que tienden a disminuir la estima en que un hombre está en manos de las clases criminales o por personas fuera de simpatía con la ley no apoyará una acción, por eso no es una norma que la Corte puede reconocer.

El hecho de que la persona a la que se publicaron las palabras no creía que fueran verdad es irrelevante y no afecta el derecho de acción, aunque puede afectar a la cuestión de los daños.


Las palabras pueden tener no sólo una significado literal, sino también un significado inferencial que va más allá del significado literal, pero es inherente a ellos y puede depender del contexto en el que se publicaron, el significado literal y el significado inferencial se conocen como el significado natural y ordinario. Las palabras pueden tener también un significado secundario o extendida que depende del conocimiento de los hechos especiales o extrínsecos. El significado secundario o extendido se conoce como la insinuación o insinuaciones verdadero o legal.



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